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Sentencia Tribunal Supremo Tagarral Tres Cantos

COMUNICADO DEL AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS EN RELACIÓN CON LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE ‘EL TAGARRAL’

La Sección Quinta de la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha determinado, en la sentencia 256/2020, desestimar el recurso de apelación 842/18, y confirmar íntegramente lo determinado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 34 de Madrid y que condenaba al Ayuntamiento de Tres Cantos al pago mancomunado de una deuda procedente de la recalificación de los terrenos de El Tagarral.

Por esta sentencia, el Tribunal Supremo ha resuelto que el Ayuntamiento deberá pagar a la Comunidad de Madrid la cuantía que le corresponde por la responsabilidad patrimonial mancomunada derivada del daño causado a los propietarios por un cambio de suelo urbanizable en no urbanizable en la zona de Soto de Viñuelas en 1987.

El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Tres Cantos, de manera conjunta con el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, ha iniciado conversaciones con la Comunidad de Madrid para acordar la mejor forma de pago de la deuda, con el fin de que queden garantizadas la prestación de servicios de calidad y las inversiones que nuestra ciudad necesita.

El Ayuntamiento de Tres Cantos dispone de fortaleza económica y financiera suficiente como para hacer frente al pago de la deuda. Del mismo modo, el equipo de Gobierno está seguro de tener la capacidad económica para llevar adelante los compromisos adquiridos con los vecinos y asumir las responsabilidades derivadas de una actuación que se remota a un tiempo en el que Tres Cantos no se había constituido como municipio propio.

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